DECLARACIÓN DE LA RENTA

Estas son las personas que 'se salvan' de pagar el IRPF en 2023

Este año entra en vigor la nueva modalidad que amplia el límite de ingresos a los 15.000 euros anuales. Existen pensionados que también estarán exentos.

Con los recientes cambios, muchas personas no deberán declarar.
Con los recientes cambios, muchas personas no deberán declarar.Créditos: Piqueras
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Con un nuevo año también llega la hora de cerrar el pasado año fiscal. Por eso a partir del 11 de abril y hasta el 30 de junio de 2023 millones de españoles -incluidos miles de autónomos- estarán obligados a presentar la declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF), la llamada declaración de la renta. 

La declaración de este año viene con cambios, ya que la Agencia Tributaria presenta novedades fiscales a tener en cuenta al momento de comenzar con este trámite. Por ejemplo, la subida del salario bruto anual modifica la necesidad de la presentación de la declaración, ya que, hasta esta semana, los que ganaban hasta 14.000 euros de un único pagador no tenían la obligación de asumir el IRPF.

Pero a partir de este año, se ha ampliado dicha condición hasta aquellos que cobren 15.000 euros anuales, 1.000 euros más que pueden significar la diferencia entre estar obligado o no a hacer la Renta. 

La Ley 31/2022, de 23 de diciembre que recoge los Presupuestos Generales de 2023 y que puede consultarse en el Boletín Oficial del Estado, señala que esta reducción se debe a la ampliación del mínimo exento hasta los 15.000 euros anuales. Esto quiere decir que el contribuyente no tributa por las cantidades inferiores a esa cifra.

En abril comienza el período que casi ningún español disfruta: la Renta.

Entre las otras personas que no están obligadas a pagar la Renta porque no alcanzaron en el 2022 el umbral de ingresos de 15.000 euros se encuentran:

  • Personas que han tenido dos o más pagadores por cambios de trabajo durante 2022, pluriempleo o se han quedado sin trabajo a mitad de año y han cobrado prestaciones por desempleo (o pensiones).
  • Las personas que perciban pensiones compensatorias o anualidades por alimentos del cónyuge.
  • Las personas que perciban rendimientos sujetos a un tipo fijo de retención.
  • Las personas que perciban rendimientos de un pagador que no esté obligado a retener.

Pensionistas exentos de hacer el IRPF

Otro colectivo que se libra del IRPF este año son los pensionistas con más de 65 años que cuenten con ganancias patrimoniales en cualquiera de estos casos:

  • Venta de la vivienda habitual en donde haya tenido fijada su residencia durante los últimos tres años.
  • Venta de una vivienda de nuda propiedad. En este caso, quedará exenta del IRPF, pero no así de la plusvalía municipal que corre a cuenta de las administraciones locales.
  • Venta de un bien patrimonial, que no esté considerada vivienda habitual y contratación de una renta vitalicia asegurada, con un tope que no puede superar los 240.000 euros.
  • Hipoteca inversa.

Otros pensionistas exentos son:

  • Los que tengan una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez: cabe destacar que esta prestación se convierte en una pensión de jubilación al cumplir los 65 años de edad la persona beneficiaria, aunque también estaría exenta de tributar en el IRPF.
  • Pensiones de orfandad.
  • Pensiones derivadas de actos de terrorismo.
  • Pensiones en favor de familiares.
  • Pensiones reconocidas en favor de aquellas personas que sufrieron lesiones o mutilaciones, con ocasión o como consecuencia de la Guerra Civil en España.
  • Pensiones por inutilidad o incapacidad permanente del régimen de clases pasivas.
Muchos pensionados estarán exentos de la declaración.

La presentación de declaraciones de IRPF e impuesto de patrimonio comenzará el 11 de abril por internet, mientras que los contribuyentes que prefieran entregar su liquidación por teléfono tendrán que esperar al 5 de mayo y quienes opten por acudir a las oficinas, al 1 de junio. Para todos los canales la campaña terminará el 30 de junio, aunque los contribuyentes con declaraciones a ingresar que quieran domiciliar el pago tendrán que entregarlas antes del 27 de junio.

En la campaña de la renta de 2021 se presentaron 22,1 millones de declaraciones, la mayoría (13,9 millones) con solicitud de devolución, por un total de 9.672 millones.

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