SALUD MENTAL EN EL TRABAJO

La sentencia de un caso en Cantabria ha reconocido un suicidio como accidente laboral

Los magistrados estimaron que lo sucedido en el caso concreto de Bedia Díez, fue un "trato injusto" y provocó el suicidio del ex trabajador

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El 27 de febrero el Tribunal Superior de Justicia de Cantabria sentenció que el suicidio de Juan Manuel Bedia Díez, que tenía 53 años cuando se quitó la vida una mañana de abril de 2021, fue un accidente de trabajo atendiendo a una reclamación de su viuda, Nuria Terán.

La sentencia constituye un reconocimiento infrecuente: desde 1970, el Tribunal Supremo ha dictado menos de una decena en este sentido.

¿Qué pasó?

Los problemas laborales del fallecido, que trabajaba como responsable de tienda en un supermercado ALDI en Santander, comenzaron después de unas elecciones sindicales, en septiembre de 2020, según ha explicado su mujer.

La sentencia recoge que, cuatro meses después, la empresa despidió a dos trabajadoras y recibió una denuncia anónima contra el fallecido por acoso a una tercera, después de cambiarla de puesto de trabajo.

Nuria Terán, la viuda del fallecido / Foto: Juanma Serrano

Tras encargar una auditoría externa, ALDI sancionó a Bedia con tres días sin empleo y sueldo y le notificó su traslado a una tienda en Laredo, a unos 45 kilómetros. Con la declaración de contingencia laboral comenzarán una nueva demanda con el fin de depurar responsabilidades de lo ocurrido.

Relación entre suicidio y accidente laboral

El TSJC se centró en que el nexo entre los problemas en el puesto de trabajo y el suicidio, es lo que le lleva a dictaminar que se trató de un accidente laboral, atendiendo así al recurso de la viuda  contra otra sentencia en sentido opuesto dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Santander.

Los magistrados estiman que es “evidente” que el traslado en su puesto de trabajo es recibido por Bedia como un “trato injusto”. Además, señalan que el suicidio se produce tan solo tres días antes de su incorporación a la tienda de Laredo, dato que les parece “significativo respecto a la conexión causal entre la problemática laboral y el luctuoso evento”.

Por ello, el Tribunal ha declarado que las pensiones de viudedad y orfandad por el fallecimiento de Juan Manuel Bedia Díez (que deja a una hija de14 años), derivan de contingencia profesional (accidente de trabajo).

La sentencia puede ser recurrida al Supremo, pero con ella en la mano, la familia del fallecido sopesa una querella por daños y perjuicios contra ALDI, quienes han declarado a través de portavoces que “la compañía lamenta profundamente el dolor de la familia”. Y ha añadido que respeta “la decisión de la justicia, confía en el sistema judicial y no realizará valoraciones”.