GOLPE A PODEMOS

El Congreso aprueba reformar la Ley 'solo sí es si': ¿Qué sigue ahora?

Si bien aún tienen que presentar el nuevo texto y el articulado, la reforma del PSOE eleva las penas en hasta dos años cuando hay violencia e intimidación. El PP no tiene previsto enmendar el contenido.

La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y la ministra de Igualdad, Irene Montero.
La vicepresidenta segunda, Yolanda Díaz, y la ministra de Igualdad, Irene Montero.Créditos: EFE
Por
Escrito en ESPAÑA el

El Pleno del Congreso ha aprobado la toma en consideración de la propuesta del PSOE para reformar la Ley del 'solo sí es sí' tras obtener la iniciativa socialista el apoyo del PP, Ciudadanos, el PNV y el PDeCAT, así como la abstención de Vox. 

Por su parte, Unidas Podemos, incluyendo la vicepresidenta Yolanda Díaz y la ministra de Igualdad, Irene Montero, ha votado en contra de la iniciativa de su socio de Gobierno, al igual que otros aliados de investidura como ERC y EH Bildu.

Una vez tomada en consideración, la proposición de ley se enviará a comisión y se abrirá un plazo para que los grupos parlamentarios puedan presentar enmiendas de totalidad, que requerirán la presentación de un texto alternativo, y al articulado. Eso sí, el PSOE ya pidió que toda la tramitación se haga por el procedimiento de urgencia, lo que supone reducir todos los plazos a la mitad.

¿Cómo será la nueva Ley del 'solo sí es sí?

La reforma del PSOE a la Ley del 'solo sí es sí' que comenzará a tramitarse en el Congreso tras ser tomada en consideración este martes 7 de marzo, modifica la horquilla de penas para la agresión sexual con violencia e intimidación de forma que este delito eleve su castigo en hasta dos años de prisión, con respecto al texto de la norma impulsada por el Ministerio de Igualdad y actualmente en vigor.

Esto se debe a que este texto regresa a la horquilla de penas, de uno a cinco años, que se recogían para las agresiones sexuales en el Código Penal en 2010, la última reforma que sufrió esta norma antes de volver a cambiar con la Ley del 'solo sí es sí' actualmente en vigor.

Duro golpe para Irene Montero que nunca quiso reformar la ley impulsada por su ministerio.

La propuesta del PSOE mantiene la redacción de los dos primeros puntos redactados por Igualdad, que señalan que "sólo se entenderá que hay consentimiento cuando se haya manifestado libremente mediante actos que, en atención a las circunstancias del caso, expresen de manera clara la voluntad de la persona" y que "se consideran en todo caso agresión sexual los actos de contenido sexual que se realicen empleando violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o de vulnerabilidad de la víctima, así como los que se ejecuten sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuya situación mental se abusare y los que se realicen cuando la víctima tenga anulada por cualquier causa".

Pero sí incluye un nuevo tercer punto para recoger que "si la agresión se hubiera cometido empleando violencia o intimidación o sobre una víctima que tenga anulada por cualquier causa su voluntad, su responsable será castigado con pena de uno a cinco años de prisión".

Agravantes por violencia

En el caso de los agravantes, este texto también regresa al Código Penal anterior a la Ley del 'solo sí es sí', aunque adaptándose a la propuesta que ahora hace al distinguir agresiones sexuales con o sin violencia.

Así, mantiene las horquillas de Igualdad (de 2 a 8 años y de 7 a 15 años, en los casos de agresión sexual con o sin penetración, respectivamente) y recupera las horquillas existentes en el Código Penal anterior al 'solo sí es sí', de 5 a 10 años y de 12 a 15 años, para los nuevos subtipos que propone ahora: agresiones sexuales con violencia, con o sin penetración.

Además, el texto determina que el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) podrá asignar la revisión de las sentencias firmes a uno o varios juzgados de lo Penal o secciones de las Audiencias Provinciales y que se procederá a la revisión del penado que esté cumpliendo efectivamente la pena aplicando la disposición más favorable considerada taxativamente y "no por el ejercicio del arbitrio judicial".