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Colegio Mayor Elías Ahúja: la Fiscalía de Madrid abre investigación por los cánticos sexistas

Tras una denuncia de Movimiento contra la Intolerancia, la Fiscalía dilucidará si se trata de un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas, condenado con hasta cuatro años de prisión.

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La Fiscalía de Madrid ha abierto unas diligencias de investigación por los cánticos y gritos sexistas lanzados por alumnos del Colegio Mayor Elías Ahúja a sus vecinas del Santa Mónica a instancias de una denuncia de Movimiento contra la Intolerancia.

La investigación se abre en relación a los hechos que recoge un vídeo que se ha hecho viral en el que residentes de este colegio mayor, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, amedrentan a sus vecinas profiriéndoles gritos como "ninfómanas", "putas" y "os vamos a follar".

Sin embargo, todo dio un vuelco cuando las mismas alumnas del Santa Mónica declararon ante los medios que todo se trataba de una "tradición" y una "novatada", por lo que no se habían sentido ni insultadas ni maltratadas por parte de los varones del Elías Ahúja. Este hecho parece no haber detenido la investigación.

En principio, el Ministerio Público trata de dilucidar si se ha cometido un delito relativo al ejercicio de los derechos fundamentales y libertades públicas. A tal fin, ha requerido a la Policía para que le remita toda la información de que disponga sobre este suceso.

Tras denunciar los gritos, Movimiento contra la Intolerancia ha explicado en un comunicado que los hechos han tenido "una repercusión mediática y social de muy elevada amplitud, generando una incidencia que posibilita el desarrollo de un lenguaje y subcultura machista y misógina, que daña a la dignidad de todas las mujeres".

Esteban Ibarra, presidente de Movimiento contra la Intolerancia.

Recalca que "la autoría podría ser perfectamente identificable", indicando que "la acción sincronizada, organizada que se proyecta, incluso con referencias a años anteriores como en algún medio se recoge, puede ser observada, de donde se deduce un nivel de manifestación colectiva y de organización que ha de ser tenida en consideración".

En consecuencia, Movimiento contra la Intolerancia interpreta que la Fiscalía de delitos de odio debe de intervenir dado que el Código Penal sanciona en su artículo 510.2 que prohíbe expresamente las manifestaciones y cualquier proceso organizativo conducente a un posible ilícito que se celebre con el fin de cometer algún delito y sancionar a sus promotores.

Este delito establece penas de uno a cuatro años y multas de seis a doce meses para "quienes públicamente fomenten, promuevan o inciten directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia" contra un grupo o una persona por su pertenencia a él, por cualquier tipo de discriminación.

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