Los Ministerios de Trabajo y Economía han alcanzado un acuerdo para modificar el subsidio de desempleo, una medida que será ratificada hoy por el Consejo de Ministros. La reforma prevé aumentar la cuantía del subsidio a 570 euros durante los primeros seis meses y a 540 euros durante los siguientes seis, pero también contempla una reducción gradual en las cotizaciones para la jubilación. Adicionalmente, este subsidio será compatible con la aceptación de un empleo durante los primeros 180 días.
Existen otros subsidios relacionados con la situación de desempleo que pueden proporcionar ingresos, como el subsidio por agotamiento de una prestación contributiva. Este subsidio se aplica cuando a una persona se le agota el paro normal, cobrado por haber cotizado más de un año, y si tiene cargas familiares y no cuenta con otros ingresos. La ayuda que se recibe no es igual a la del paro normal, sino que se otorga una cantidad fija correspondiente a los subsidios asistenciales, que en 2023 era de 480 euros. Sin embargo, es importante conocer cuáles son los requisitos específicos para acceder a esta prestación.
Requisitos para obtener el subsidio por desempleo
- Estar registrado como demandante de empleo y en situación de desempleo.
- Haber consumido por completo la prestación por desempleo, es decir, haber recibido la totalidad de la misma. Si se ha perdido la prestación por una sanción, no será posible solicitar el subsidio.
- Esperar un mes tras el agotamiento de la prestación por desempleo antes de solicitar el subsidio. Durante este período de 30 días, el trabajador no percibe ingresos.
- Poseer responsabilidades familiares: esto implica que el trabajador debe tener dependientes económicos, como el cónyuge y/o hijos menores de 26 años, que no dispongan de ingresos propios que excedan los 750 euros mensuales (75% del Salario Mínimo Interprofesional vigente).
- No poseer ingresos que superen el 75% del Salario Mínimo Interprofesional. En 2023, esto significa que para ser elegible para el subsidio, el solicitante no debe tener ingresos propios mayores a 750 euros mensuales. Además, la media de ingresos de todos los miembros de la unidad familiar no debe exceder los 750 euros mensuales por persona.
¿Y si no tienes hijos?
En ciertas situaciones, sí, ya que "tener responsabilidades familiares" no se limita únicamente a tener hijos. Un trabajador casado cuenta con responsabilidades familiares, equiparables a tener un hijo a cargo, si su cónyuge no dispone de ingresos propios que excedan el 75% del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), o sea, si su esposo/a no gana más de 750 euros al mes.
En cambio, si el cónyuge gana más del límite establecido (750 euros mensuales), ya no se considerará como una responsabilidad familiar del trabajador que ha consumido su derecho a paro. Por lo tanto, en esta situación, no se podrá acceder al subsidio por agotamiento a través de la existencia de responsabilidades familiares. En este caso, la ayuda solo podrá solicitarse si el desempleado tiene 45 años o más.